En virtud de la extensión de las recomendaciones y medidas tendientes a reducir la movilidad de la población adoptadas por el Poder Ejecutivo, el Directorio del Banco de Previsión Social ha dispuesto que la atención presencial hasta el próximo día 30 de abril, se limitará a los servicios considerados esenciales, en las mismas condiciones que hasta la fecha y que se reiteran a continuación.
Se establecen como servicios esenciales disponibles en forma presencial en todas las localidades del país:
• Solicitud y renovación de préstamos.
• Solicitud de pensiones por sobrevivencia.
• Consultas por trámites de subsidio de desempleo o subsidio de enfermedad.
Las personas que tenían agendado su trámite entre los días 12 y 30 de abril inclusive, deberán volver a agendar el mismo por nuestro sitio en Internet o en forma telefónica a partir del día 3 de mayo.
El conteo de plazos de vista y notificaciones continuará suspendido, por el período comprendido entre el pasado 25 de marzo y el 3 de mayo próximo.
Se mantendrán en curso de pago los beneficios que dependan de revisiones administrativas o clínicas (Juntas Médicas) hasta la nueva fecha de revisión que sea otorgada por el Organismo. En caso de no comparecencia en la nueva fecha fijada, a partir de ese momento la prórroga otorgada quedará sin efecto.
Los servicios asistenciales de la Gerencia de Salud seguirán actuando como hasta el presente, siguiendo las directivas establecidas por el Ministerio de Salud Pública.
Exhortamos a nuestros afiliados a suscribirse a nuestros servicios en línea en cualquier local de Abitab, Anda, Correo Nacional, supermercados El Dorado y Red Pagos en todo el país, a efectos de acceder a todos los trámites y consultas disponibles en nuestra página en Internet www.bps.gub.uy – Todos los servicios en línea.
En caso de extenderse las medidas que dieron lugar al presente comunicado, ello será informado a la mayor brevedad.
EL DIRECTORIO
Montevideo, 8 de abril de 2021