El sector del Frente Amplio aseguró que apelará la sentencia; y que «mantendrá una actitud respetuosa con el sistema de justicia y realizará sus planteos únicamente por las vías procesales correspondientes».
La exdiputada Martina Casás le ganó en primera instancia la demanda laboral por despido indirecto y abusivo con indemnización especial prevista en la legislación sobre acoso sexual laboral al sector Marea Frenteamplista. Este reclamo se hizo en el contexto —aunque en paralelo, por otra vía— de la denuncia a nivel penal por acoso sexual al entonces diputado Gustavo Olmos —titular de la banca que murió en setiembre de 2025—, que Fiscalía archivó en junio de ese mismo año.
A Casás le corresponde una indemnización de $ 697.812, a los que deberá sumarse un recargo de 10% y los reajustes e intereses legales.
Tras la sentencia, Marea Frenteamplista anunció que apelará la resolución. El sector entiende —según señaló en un comunicado— que «hubo un juzgamiento equivocado y una incorrecta apreciación de los hechos, además de una errónea aplicación e interpretación del Derecho así como también una valoración de la prueba que no corresponde a lo que surge de la causa».
«Marea Frenteamplista mantendrá una actitud respetuosa con el sistema de justicia y realizará sus planteos únicamente por las vías procesales correspondientes», se añadió.
El fallo
Después de que Casás y Marea Frenteamplista presentaran sus pruebas y testigos, la jueza Sefania Barosio entendió que había un vínculo laboral entre la exdiputada y el sector del Frente Amplio. Porque consideró —según surge de la sentencia — que, “más allá de su función como diputada suplente” de Olmos, el sector la contrató “para desempeñarse como asesora” y no solo, como dijo la parte demandada, “como ‘militante rentada’”.
Además, pese a que Marea Frenteamplista aseguró que, en todo caso, se trataría de un contrato a término hasta el 28 de febrero de 2025 —por lo que no habría lugar a indemnización por despido y menos uno especial—, no pudo probarlo. Por lo que la jueza concluyó que fue un vínculo laboral de duración indeterminada.
Sin embargo, la jueza rechazó el pedido de Casás por conceptos de licencia no gozada, salario vacacional y aguinaldo reclamados a Marea Frenteamplista.
Del acoso sexual laboral, la jueza “entiende que se ha acreditado suficientemente” el “cúmulo de indicios reunidos y demás pruebas relevadas” del “comportamiento inadecuado con connotaciones sexuales practicado” hacia Casás “por parte de su jerarca inmediato” Olmos. Esa conducta —continúa la sentencia— no era deseada por ella y, “no sólo le creó un ambiente de trabajo hostil o humillante, sino que amenazó con producirle un perjuicio en su situación laboral”, cumpliéndose lo exigido por el art. 2 de la Ley 18.561. Dicha norma refiere a las situaciones de acoso sexual en el ámbito laboral y el educativo.
Las posturas
Casás estableció en su demanda el inicio del despido indirecto el 30 de octubre de 2023 después de que —se indica en la sentencia—, tras una “reunión con múltiples asesores de su despacho”, Olmos “se acercó a ella, le dio tres besos en la boca sin su consentimiento y le dijo que tenían que arreglar las giras para poder estar solos juntitos los dos”.
También se alegó que, “desde un primer momento, su empleador (Marea Frenteamplista) apoyó al denunciado, al punto de llevar los hechos al Tribunal de Conducta Política sin su consentimiento para resolver el tema, sin esperar el resultado de los trámites formales”.
En tanto, Marea Frenteamplista aseguró que Casás “jamás estuvo sujeta a órdenes o instrucciones” del sector “ni de ninguno de sus integrantes”.
“Jamás se tuvo la facultad de dirigir o controlar cómo, cuándo y dónde se realizaban las tareas inherentes a su militancia política. No tenía obligación de cumplir un horario, jornada de trabajo en un lugar específico. Lo que luce en el recibo es una mera formalidad que no conecta con la realidad”, añadió.
Asimismo, apuntó: “Ella aceptó el ofrecimiento de transporte por parte del Sr. Olmos o directamente lo solicitó con expresiones como «sería bonito que ud. me llevara» o «sería grato contar con su aventón» o «sos mi chofer elegido» o «¿me pasás a buscar?» o «te espero» todo acompañado de emojis de caritas de felicidad y corazones”.
Lo penal
En junio de 2025 Fiscalía archivó la denuncia que le había hecho Casás a Olmos. Tras el hecho, el entonces exdiputado indicó en su cuenta de X: «Un año y medio después, respetando de mi lado, en todo momento, la independencia de Fiscalía y del Tribunal de Conducta Política, se cierra un capítulo doloroso e injusto, que invita a repensar la forma en que procesamos este tipo de acusación».






